Argentina avanza en la regulación de la industria automotriz

El proyecto de ley para regular la industria automotriz fue enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo en agosto del año pasado. Tras su infructuoso tratamiento en extraordinarias, las comisiones de Industria y de Presupuesto y Hacienda, de Diputados, comenzarán a debatirlo este martes.
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(ARGENTINA).- La ley se denomina Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz, Autopartista y su Cadena de Valor y el proyecto fue presentado el 18 de agosto de 2021. A la reunión del martes, a las 13, fueron convocados funcionarios del Poder Ejecutivo, cámaras y empresarios del sector, como así también dirigentes sindicales.

La iniciativa tiene por objeto promover las inversiones en todos los eslabones de la cadena de valor automotriz, es decir, terminales y autopartistas de los diferentes anillos, sistemistas y empresas que agregan valor a partir de procesos industriales (forja, fundición, mecanizado, pintura, estampado, entre otros).

En los considerandos de la iniciativa, se destaca que “la cadena de valor automotriz es central para la estructura y la dinámica productiva del país”, ya que se trata de una actividad “con gran peso relativo en la producción -10% del PBI industrial-, en las exportaciones -primer exportador de manufacturas de origen industrial (MOI)- y en el empleo del país -6% del empleo industrial registrado-”.

En ese sentido, los proyectos de inversión alcanzados por los beneficios de este proyecto de ley serán aquellos que incluyan plataformas exclusivas regionalmente (para autos y utilitarios) y niveles mínimos de contenido nacional.

Asimismo, el proyecto apunta, por un lado, a facilitar desde lo fiscal a la formación de capital en el sector, bajo instrumentos orientados a mejorar la performance financiera de los proyectos de inversión, como la amortización acelerada y el tratamiento previsto a los saldos generados por créditos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y, por otro, potenciar las exportaciones.

“En ese sentido, la devolución anticipada del IVA, permitiendo ser utilizado para el pago de otros impuestos nacionales, viene a reducir ese costo y a hacer viables más inversiones. Asimismo, el beneficio no implica un costo fiscal neto para el Estado Nacional, dado que lo que se devuelve de IVA en un momento implica un mayor pago de IVA en el futuro, aunque sí el Estado Nacional absorbe el costo financiero que se ahorra la empresa”, argumenta la iniciativa.

En cuanto a permitir la amortización acelerada de los bienes de capital y de las obras de infraestructura, se señaló que “también mejora el resultado financiero de la inversión, debido a que les reduce el monto a pagar por el Impuesto a las Ganancias en los primeros años, desde la puesta en marcha del proyecto”.

Por otra parte, se establece que los derechos de exportación van a ser de 0% hasta el 31 de diciembre de 2031.

El proyecto que empieza a debatir el Congreso declara a la Industria Automotriz-Autopartista como Industria Estratégica en la República Argentina.

Se crea el “Programa de Fomento a Nuevas Inversiones de la Industria Automotriz-Autopartista”, que comprenderá las inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura realizadas por empresas industriales radicadas en Argentina.

Los beneficiarios podrán ser aquellas empresas que cuenten con proyectos de inversión aprobados por la autoridad de aplicación, mientras que no podrán acogerse al programa quienes estén declarados en quiebra, se encuentren en otro régimen de promoción o tengan morosidad.

Los proyectos de inversión deberán necesariamente involucrar la producción de: nuevas autopartes o autopartes ya producidas al momento de la inscripción al régimen, que involucren una mejora sustantiva en la capacidad de producción.

Los bienes producidos en el marco de los proyectos de inversión aprobados deberán alcanzar un Contenido Mínimo Nacional (CMN), que se define en escalas progresivas de acuerdo a los vehículos o autopartes.

Además, se establecen cuáles serán las faltas leves y graves, al tiempo de una serie de sanciones a quienes no cumplan con la ley, tales como “la suspensión en el goce del beneficio por el período que dure el incumplimiento; la revocación total o parcial del beneficio usufructuado con su correspondiente restitución al fisco de los créditos fiscales oportunamente acreditados o devueltos o, en su caso, del impuesto a las Ganancias ingresado en defecto; ingreso de los derechos de exportación no abonados, con más los respectivos intereses resarcitorios; multas, cuyos montos no podrán exceder del 50% de los beneficios usufructuados; e inhabilitación para volver a gozar de los beneficios del régimen por el mismo u otro proyecto.

En otro artículo del proyecto, se dispone la creación del Instituto de la Movilidad “como ente de derecho público no estatal que tendrá por objeto fomentar la consolidación de un ecosistema productivo sustentable a través de la coordinación entre los diferentes eslabones de la cadena de valor, el Estado Nacional, el colectivo de los trabajadores y las trabajadoras y las instituciones de apoyo científico y tecnológico”.

 

ARGENTINA: El Congreso buscará legislar sobre la industria automotriz

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